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Multirriesgo de local: siete cosas que revisar antes de renovar

El multirriesgo de local suele renovarse solo. Eso está bien hasta que hay un siniestro y descubres que el capital asegurado es el de hace ocho años. Estos son los siete puntos que repasamos con quien nos la trae.

1. El capital asegurado

Debe ser lo que costaría reponer el contenido (mobiliario, maquinaria, existencias) y, si eres propietario, reconstruir el edificio. Si es inferior al valor real, la aseguradora indemniza solo en la misma proporción (art. 30 LCS). Con la mitad del capital necesario, una pérdida de 20.000 € se pagaría como 10.000 €.

2. Valor de reposición o valor de mercado

Con valor de reposición se paga el coste de comprar el equipo nuevo. Con valor de mercado, se descuenta el uso. En maquinaria y equipos informáticos la diferencia es considerable.

3. El stock

Si tienes campañas (Navidad, rebajas, temporada de verano), el stock varía mucho durante el año. Pregunta cómo se cubre el pico y si la póliza prevé una suma variable.

4. La pérdida de beneficios

Si tienes que estar cerrado tres meses por un incendio, el alquiler, las nóminas y los impuestos siguen. La pérdida de beneficios cubre los márgenes que dejas de ganar y ciertos costes fijos durante el periodo de indemnización pactado. Hay que comprobar que ese periodo es realista para tu actividad.

5. Daños por agua y robo

Estos dos riesgos dependen mucho de la letra pequeña: medidas de seguridad que hay que tener (rejas, alarma), daños por agua de causa externa o interna, y quién paga la búsqueda de la fuga.

6. Franquicias y límites

Mira si la franquicia se aplica por siniestro o por año, y si algún riesgo tiene sublímite.

7. Que la póliza refleje el negocio

Si has ampliado el local, has cambiado de actividad o has añadido una terraza, debe saberlo la compañía. La omisión puede afectar a la indemnización: los cambios que agravan el riesgo deben comunicarse a la aseguradora (art. 11 LCS). Si quieres una segunda lectura de tu póliza, tienes la información de multirriesgo y el formulario de contacto.

Contenido informativo, no sustituye la lectura de tu contrato.

Fuente: Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, arts. 11 y 30.

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